El 14 de diciembre de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se crea el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo (SIAAT) y se dan a conocer los formatos mediante los cuales los patrones, trabajadores o familiares presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, bajo protesta de decir verdad, los avisos de accidentes de trabajo, así como las defunciones como consecuencia de accidentes o enfermedades de trabajo.”

El SIAAT es un sistema electrónico que tiene como propósito facilitar a los patrones la presentación ante la Secretaría, de los avisos de accidentes de trabajo que sufran los trabajadores y de las defunciones que ocurran con motivo de accidentes y enfermedades de trabajo.

Al SIAAT podrán acceder todos los patrones y sus representantes, de los centros de trabajo establecidos en la República Mexicana y que hayan tenido la ocurrencia o conocimiento de un accidente de trabajo, o de una defunción.
Una vez que el SIAAT reciba un aviso, emitirá un acuse de recibo electrónico como comprobante de la entrega, el cual tendrá la siguiente información:

1. Folio del acuse de recibo electrónico.
2. Nombre, denominación o razón social de la empresa y Registro Federal de Contribuyentes.
3. Nombre del trabajador accidentado y su Clave Única de Registro de Población.
4. Centro de Trabajo en el que ocurrió el accidente o defunción.
5. Fecha y hora en que se presentó el aviso.
6. Fecha y hora del accidente de trabajo o defunción.
7. Entidad Federativa, Municipio o Delegación en donde ocurrió el accidente de trabajo o defunción.
8. Cadena digital.
9. Código QR.

El aviso de accidentes de trabajo también podrá presentarse por medios escritos, a través de los formatos “Aviso de accidentes de trabajo”, “Datos complementarios al aviso de accidentes de trabajo” y “Aviso de accidentes de trabajo para trabajadores y familiares”, que estarán disponibles en el mismo sitio de internet.

Además del Sitio de internet, la Secretaría proporcionará acceso al SIAAT a través de vínculos en los portales: http://www.stps.gob.mx y http://www.gob.mx.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día primero de enero del año dos mil dieciséis.

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